Ya es oficial: las personas trans extranjeras podrán cambiar su nombre y sexo en sus documentos
El nuevo protocolo de Interior desarrolla la Ley Trans y permitirá actualizar la documentación expedida en España, incluso cuando el cambio no pueda realizarse en el país de origen
Las personas trans extranjeras residentes en España podrán solicitar la rectificación de su nombre y sexo en la documentación expedida por la Policía Naciona a partir de este martes, gracias al nuevo protocolo aprobado por el Ministerio del Interior. La resolución, publicada en la Orden General del cuerpo y firmada por el director general de la Policía, Francisco Pardo, supone un avance significativo en el reconocimiento de los derechos de las personas trans migrantes y desarrolla lo previsto en la Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
El nuevo procedimiento permitirá modificar los datos identificativos en documentos como la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (CRUE), la Cédula de Inscripción de Extranjero Indocumentado, el Título de Viaje de Indocumentado, la documentación de solicitantes de protección internacional o apatridia, así como los certificados de residencia.
Dos vías para acceder al cambio
El protocolo contempla dos situaciones diferentes. La primera afecta a las personas que no pueden modificar legalmente su nombre y sexo en su país de origen. En estos casos, la Brigada de Extranjería y Fronteras solicitará un informe al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para acreditar la imposibilidad legal o material de realizar esa rectificación. Si el informe es favorable, se procederá a modificar los datos en el Registro Central de Extranjeros y se expedirá una nueva documentación.
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La segunda vía está dirigida a quienes ya hayan realizado el cambio registral en su país de origen. En ese supuesto, bastará con presentar el pasaporte o documento de viaje actualizado, junto con el documento cuya modificación se solicita.
La Dirección General de la Policía fundamenta este protocolo en la Ley 4/2023, que reconoce el derecho de las personas extranjeras a que su documentación administrativa refleje su identidad de género, tanto cuando hayan podido modificarla en su país de origen como cuando acrediten que dicho cambio resulta imposible por razones legales o de hecho. Asimismo, la resolución cita como respaldo la sentencia 181/2026, dictada el 5 de junio por el Tribunal de Instancia de Madrid, que obligó a la Administración a atender la solicitud de un ciudadano extranjero cuyo país de origen no permitía modificar la mención registral relativa al sexo.
Una reivindicación del movimiento trans
La aprobación del protocolo llega pocas semanas después de que el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, anunciara en el Senado la puesta en marcha de este mecanismo con carácter urgente para eliminar las trabas administrativas que encontraban las personas trans migrantes.
La medida responde también a una reivindicación sostenida por las organizaciones trans, que durante los últimos años han denunciado la situación de vulnerabilidad que sufrían miles de personas extranjeras al verse obligadas a utilizar documentos que no reflejaban su identidad de género, con las dificultades que ello generaba en ámbitos como el empleo, la sanidad, la educación o los trámites administrativos.
Esa demanda fue trasladada al Congreso por Plataforma Trans, que impulsó una propuesta para garantizar que las personas trans extranjeras pudieran ejercer este derecho incluso cuando la legislación de sus países de origen impidiera modificar sus datos registrales. La iniciativa reclamaba el desarrollo efectivo de la Ley Trans mediante un procedimiento administrativo específico que evitara situaciones de discriminación y asegurara el reconocimiento de la identidad de género en toda la documentación expedida en España.